Convoca: Instituto de las Mujeres
Plazo: Hasta el 7 de julio de 2022.
Duración: Período máximo de doce meses prorrogable una vez por doce meses más.

Información: 

    • Objetivo: contribuir a la formación de personas físicas en materias dirigidas a favorecer la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y la participación de las mujeres en la vida política, civil, laboral, económica, social y cultural, así como la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo.
    • Por cada plaza ofertada se hará una preselección de solicitantes, convocándose para una entrevista de valoración, indicando fecha y lugar, a las personas que figuren con una mayor puntuación en los cinco primeros puestos, sumando los resultados de los criterios a), b) y c) de la convocatoria.
    • Las personas beneficiarias desempeñarán la actividad formativa en alguna de las unidades del Instituto de las Mujeres, de acuerdo con los requerimientos que seestablezcan en el Plan de formación de cada beca.

    Requisitos: 

      • Poseer la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y acreditarlo mediante documento nacional de identidad y/o pasaporte en vigor.
      • En el segundo supuesto, deberán acreditar dominio suficiente de la lengua española que será como mínimo de nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Sólo se requerirá prueba documental en los casos en que no se trate de candidatos/as españoles/as ohispanoamericanos/as y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.
      • Estar en posesión del título de grado o licenciatura, o titulaciones equivalentes, según se especifique en cada convocatoria, expedidas por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) y que será acreditado mediante certificación del expediente académico en el que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas, la nota media alcanzada y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios.
      • En el caso de los títulos obtenidos conforme a sistemas educativos ajenos al EEES, se exigirá presentar su homologación mediante la credencial expedida por laSubdirección General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias del Ministerio de Universidades.
      • En cualquier caso, el título o grado deberá haberse obtenido, como máximo, dentro de los cinco años previos a la fecha de presentación de la solicitud que se indique en cada convocatoria.
      • Estar en situación de desempleo acreditado mediante certificado emitido por la oficina autonómica competente en materia de empleo.
      • No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria, señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
      • No haber disfrutado con anterioridad de otras becas de formación en el Instituto de las Mujeres o en el ámbito del Ministerio de Igualdad y de sus Organismos públicosadscritos lo cual será acreditado por el organismo competente, en este caso el Instituto de las Mujeres.

      Dotación: 

        • Dotación total íntegra máxima anual para un máximo de doce mensualidades.
        • La cuantía de las becas será igual para todas las personas beneficiarias siendo como mínimo un importe anual de 12.600 euros brutos anuales y como máximo de 15.600 euros brutos anuales.
        • Su importe se abonará por mensualidades vencidas.
        • La dotación para las actividades complementarias de formación se cubrirá con cargo al remanente de los créditos presupuestarios y podrá ser incrementada con el remanente de los importes de las becas.
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